sábado, 15 de mayo de 2010

EL TRATADO DE VERGARA



EL CONVENIO DE BERGARA (31.08.1839)

“Convenio celebrado entre el capitán general de los Ejércitos Nacionales Don Baldomero Espartero y el teniente general Don Rafael Maroto.

Art. 1 °. El capitán general Don Baldomero Espartero recomendará con interés al gobierno el cumplimiento de su oferta de comprometerse formalmente a proponer a las Cortes la concesión o modificación de los fueros.

Art. 2°. Serán reconocidos los empleos, grados y condecoraciones de los generales, jefes y oficiales, y demás individuos dependientes del ejército del mando del teniente general Don Rafael Maroto, quien presentará las relaciones con expresión de las armas a que pertenecen, quedando en libertad de continuar sirviendo y defendiendo la Constitución de 1837, el trono de Isabel II y la Regencia de su Augusta Madre, o bien retirarse a sus casas los que no quieran seguir con las armas en la mano.

Art. 6°. Los artículos precedentes comprenden a todos los empleados civiles que se presenten a los doce días de ratificado este convenio.

Art. 7°. Si las divisiones navarra y alavesa se presentasen en la misma forma que las divisiones castellana, vizcaína y guipuzcoana, disfrutarán de las concesiones que se expresan en los artículos precedentes.

Art. 8°. Se pondrán a disposición del capitán general Don Baldomero Espartero los parques de artillería, maestranzas, depósitos de armas, de vestuarios y de víveres que estén bajo la dominación del teniente general Don Rafael Maroto.

Ratificado este convenio en el cuartel general de Vergara, a 31 de agosto de 1839.

Boletín Oficial de Pamplona, jueves 5 de septiembre de 1839”.

No hay comentarios:

Publicar un comentario en la entrada